(CNNMéxico) — La Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) emitió una tesis jurisprudencial que declara inconstitucionales los códigos civiles de aquellos estados donde el matrimonio es entendido como la unión entre hombre y mujer, pues tiene como finalidad la procreación.
“Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social”, se lee en la jurisprudencia 43/2015 de la Primera Sala.
La jurisprudencia precisa que vincular los requisitos del matrimonio con las preferencias sexuales y la procreación es discriminatorio, porque excluye a las parejas homosexuales.