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Perú

Oposición en Perú no logra votos para declarar vacancia de Pedro Castillo

Por Jimena De La Quintana

(CNN en Español) – Con 55 votos a favor, 54 en contra y 19 abstenciones culminó la votación de la moción de vacancia en contra del presidente de Perú, Pedro Castillo. Así, la oposición no logró los 87 votos que requería para declarar la vacancia de la presidencia de la República y apartar del poder al mandatario.

La moción se sustenta en la supuesta “incapacidad moral permanente” del presidente prevista en la Constitución como una de las causales de vacancia.

Esta fue la segunda moción de vacancia impulsada por la oposición en los 8 meses que el presidente lleva en el cargo. La primera, promovida en octubre, tampoco alcanzó los votos necesarios.

Oposición en Perú no logra votos para declarar vacancia de Pedro Castillo

El presidente de Perú, Pedro Castillo, saluda al salir del edificio del Congreso en Lima el 28 de marzo de 2022. (CRIS BOURONCLE/AFP via Getty Images)

El presidente Pedro Castillo y su abogado se presentaron en el pleno del legislativo para ejercer su defensa, luego de lo cual, se produjo el debate de los congresistas y la posterior votación.

En su presentación, Castillo dijo sobre la moción de vacancia que “no contiene ni un solo elemento que la sustente válidamente, se trata de una recopilación de versiones de un sector de la prensa. Solo encontramos dichos sin ninguna corroboración, especulaciones, nexos imaginarios y sin sustentos en los hechos, no en el derecho”.

El congresista Carlos Anderson rechazó las afirmaciones del mandato y señaló que este no estaba frente a un tribunal y que el parlamento ejercía un “acto político”.

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La moción de vacancia se sustentó en 20 puntos.

Algunos de ellos mencionan presuntos actos de corrupción ocurridos durante el gobierno de Pedro Castillo y que están siendo investigados por la fiscalía.

El documento también hace referencia a la designación de los funcionarios públicos que PedroCastillo ha realizado durante su gobierno y dice: “No resulta constitucionalmente aceptable la designación de personas que se encuentran investigadas o procesadas por execrables delitos como terrorismo, delitos contra la administración pública, violencia contra la mujer, entre otros”.