(CNN Español) – El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela descartó que pueda recortarse el período presidencial de Nicolás Maduro a través de una enmienda constitucional promovida por la Asamblea Nacional.
La decisión de este lunes argumenta que cualquier modificación no sería de inmediata aplicación.
El fallo califica de fraude a la Constitución el querer acortar de forma inmediata el período presidencial vigente desde 2013 y que concluye en 2019.
Explica además que los cambios no pueden tampoco tener efectos retroactivos, pues quebrantaría el ejercicio de la soberanía popular.
En un comunicado, la Sala Constitucional del tribunal dice que “cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata; en tanto, admitir tal supuesto constituiría un quebrantamiento incuestionable al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la Carta Magna, ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo”.
En marzo, la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática anunciaron la utilización simultánea de varios mecanismos constitucionales para así finalizar el mandato del presidente Nicolás Maduro y lograr un periodo de elecciones presidenciales este mismo año, incluyendo también un referendo revocatorio y una asamblea constituyente.
Entretanto, el gobernador del estado Miranda y excandidato presidencial Henrique Capriles Radonski dijo que la oposición marchará el miércoles para exigirle al Consejo Nacional Electoral que se entreguen las planillas para recolectar las firmas con el fin de activar el referéndum revocatorio.
“La solución no es un estallido ni un golpe, es el revocatorio. Esa es la única vía que tenemos los venezolanos para salir de la crisis”, dijo.