(CNN Español) – La tensión política en Ecuador terminó por endurecerse con los resultados de la segunda vuelta presidencial de este 2 de abril. Mientras el Consejo Nacional Electoral se demoró dos días en confirmar la victoria del hoy mandatario electo Lenín Moreno, el excandidato opositor Guillermo Lasso sostuvo que no reconoce el veredicto y anunció la impugnación de los comicios, así como el recuento de los votos.
Horas después de este pronunciamiento, en la noche del miércoles, Alianza País, partido de Moreno, emitió un comunicado en el que informó que se adhiere a las acciones de impugnación, para que “no quede la menor sombra de duda que estas elecciones se ganaron con el apoyo del pueblo ecuatoriano”.
La impugnación es de hecho un recurso que prevé la Ley Orgánica Electoral de Ecuador, encargada de regir las normas para los procesos democráticos y de votación. Entonces, ¿qué proceso sigue con esta opción impulsada por Lasso y ahora seguida por el partido del presidente electo?
Básicamente, los delegados de CREO y Alianza País pueden hacerlo primero ante las audiencias de escrutinio provinciales, que instalaron las Juntas Electorales el mismo día de las elecciones a las 9:00 p.m. En ese caso, las reclamaciones deben ser sobre los resultados numéricos y, dicta la ley, serán resueltas en la misma sesión. Sin embargo, para este martes, ya se encontraban cerradas 20 de las 24 audiencias (es una por cada provincia), según informó el presidente del Consejo Nacional Electoral en entrevista con la presentadora de CNN en Español, Patricia Janiot.
Ahora, ante el Consejo Nacional Electoral también se pueden impugnar los resultados, porque esta es la entidad encargada de realizar el escrutinio nacional y proclamar las dignidades elegidas. Tanto el CNE como las Juntas Electorales tienen tres días para resolver las impugnaciones presentadas. Y, añade la ley, si hay un recurso de impugnación en curso no se pueden declarar los resultados hasta que se resuelvan.
Pero además la legislación electoral también prevé que los sujetos políticos, como un candidato presidencial en el caso de Lasso, cuentan con un plazo de 48 horas después de la notificación de los resultados para que “en forma fundamentada puedan interponer su derecho de impugnación o presentar los recursos ante el Tribunal Contencioso Electoral”. Este tribunal es quien tiene la última palabra a la hora de resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral. Su poder es lo que legalmente se conoce como última instancia o instancia final. Según la Ley Orgánica Electoral, sus decisiones son “de inmediato cumplimiento y no serán susceptibles de revisión”. Así que en caso de que escale la impugnación de Lasso, probablemente llegue a esta autoridad. Y quede en sus manos el recuento que está pidiendo el excandidato, en caso de una negativa del CNE ante su petición.
Más allá de la ley
Lo anterior en cuanto a lo que está escrito en la ley. Sin embargo, el presidente del Consejo Nacional Electoral, Juan Pablo Pozo agregó en su entrevista con CNN en Español el martes que están esperando que la candidatura de Lasso haga llegar a la entidad las irregularidades manifestadas públicamente e incluso dijo que en caso de comprobarse estaría la posibilidad de un recuento de votos.
“Si ellos presentan las actas para que nosotros podamos verificar inmediatamente haríamos cualquier tipo de reconteo”, sostuvo. Además, señaló que hasta este martes se habían presentado 21 reclamaciones administrativas –un recurso legal para verificar los resultados– entre más de 40.000 actas de las Juntas Receptoras de Voto. Dichas reclamaciones son las que deben hacerse dentro de las audiencias de escrutinio.
Sobre las actas inconsistentes dijo que para este proceso electoral sumaban el 2,42%, una cifra que consideró “normal”, pues “bajo ningún concepto esto puede señalar que hay algún tipo de cambio de datos o que si ha sido una votación al uno y se le da la votación al otro candidato”.
En contraposición, este miércoles Lasso aseguró que el control realizado por el Movimiento CREO encontró inconsistencias en 1.795 actas que significan 592.350 votos, según el informe que presentó a los medios de comunicación. Por su parte, el presidente nacional de dicha organización política, César Monge, pidió a sus delegados provinciales el mismo domingo de las elecciones “impugnar todo” para que se revisara el conteo.
Guillermo Lasso había enfático el lunes en entrevista con Patricia Janiot en que “el CNE debe aceptar el reconteo de voto por voto” y por eso aseguró que iba a “impugnar los resultados” y pedir una “auditoría técnica al proceso tecnológico del CNE”.
En respuesta, Juan Pablo Pozo reiteró que están preparados para recibir los recursos que puedan interponer las organizaciones políticas, pero que “este es un sistema electoral fortalecido, aquí se ha respetado la voluntad de la gente y aquí no le hemos quitado ni le hemos agregado ni un voto a absolutamente nadie”.
Y este miércoles, el presidente electo de Ecuador Lenín Moreno sostuvo en diálogo con Janiot que no le preocupa un recuento de votos: “El señor candidato opositor está ejerciendo su derecho a impugnar las actas, pero recordemos que la candidatura de oposición tenía un representante en todas las juntas electorales y que asistieron al cuento de votos y que deben proceder las altas (…) y deben haber hecho también su conteo rápido”.
Además, en el comunicado divulgado en la noche de este miércoles, Alianza País pide que la impugnación a la que se adhiere y la revisión de 1.795 actas por parte del CNE “se efectúe de manera inmediata, en un lugar público, con todos los medios de comunicación nacionales e internacionales, con los delegados de los 2 movimientos”.