(CNN Español) – El Senado de la República Dominicana aprobó el Código Penal con Penas para el aborto. La Cámara Alta presentó un informe rechazando las observaciones del poder ejecutivo y favoreció la posición de las iglesias.
El presidente Danilo Medina había pedido que se establecieran excepciones a la penalización del aborto cuando la vida de la madre corriera peligro, cuando el embarazo fuese producto de una violación o incesto o se compruebe que el feto tenga una malformación incompatible con la vida.
El artículo 110 del Código Penal se refiere al aborto y en ese se eliminó un párrafo que mandaba a crear una ley especial.
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Ese párrafo expresaba: “La interrupción del embarazo por causa de violación, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial”.
Se específica que el aborto se castigará con penas de dos a tres años de prisión, y se incluye a la mujer que lo cause o a una persona que le ayude.
Del mismo modo al médico, enfermera, partera, cirujano, farmacéutico u otro profesional que ayuden a causar el aborto. La pena sería de cuatro a 10 años.