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Los bebés del posacuerdo de paz en Colombia
03:33 - Fuente: CNN

(CNN Español) – El lunes, el Senado de Colombia dio un sí rotundo a la famosa Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). O, en otras palabras, el mecanismo con el que este país implementará la justicia transicional pactada con la guerrilla de las FARC para ponerle punto final a más de medio siglo de conflicto armado.

Como su nombre y los términos legales que rodean a la JEP pueden parecer complicados, estas preguntas claves –con sus respuestas– ayudarán a entender qué fue lo que aprobaron los legisladores colombianos. Además, son una guía para comprender por qué esta decisión es considerada una de las columnas vertebrales del acuerdo de paz.

¿Qué es la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)?

Según el Senado de la República, la JEP es el mecanismo de justicia transicional por medio del cual se investigará y juzgará a los integrantes de las FARC, miembros de de la Fuerza Pública y terceros que hayan participado en el conflicto armado colombiano.

El Alto Comisionado para la Paz también explicó que busca principalmente satisfacer los derechos de las víctimas, en especial el relativo a la justicia. En este sentido, es un sistema de rendición de cuentas que, además, tendrá la tarea de esclarecer y sancionar las conductas cometidas “en el contexto y en razón del conflicto armado, en particular los delitos más graves y representativos”. Esta entidad añadió que en el acuerdo que llevó a la JEP se acepta que hay delitos cometidos en medio de la guerra que “son tan graves que no pueden ser objeto de amnistías e indultos”.

La JEP aporta el componente de justicia al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Este sistema, también creado durante las conversaciones de paz, pondrá en marcha mecanismos judiciales y extrajudiciales para garantizar que se satisfagan los derechos de las víctimas, asegurar la rendición de cuentas, la convivencia, la reconciliación, la no repetición y la seguridad jurídica para quienes participen en el sistema.

¿Qué busca la JEP?

El Alto Comisionado para la Paz definió que sus objetivos radican en:

  1. Satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia
  2. Ofrecer verdad a la sociedad colombiana
  3. Contribuir a la reparación de las víctimas
  4. Contribuir a luchar contra la impunidad
  5. Adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado, respecto a hechos cometidos en el contexto y en razón de éste.
  6. Contribuir al logro de una paz estable y duradera.

¿Para quienes aplica?

Para todos quienes hayan participado directa o indirectamente en el conflicto armado colombiano y hayan cometido delitos en su contexto, como lo explicó el Alto Comisionado para la Paz.

Por ello se consideran a estos grupos:

  • Miembros de grupos guerrilleros que suscriban un acuerdo final de paz con el Gobierno, una vez hayan dejado las armas.
  • Agentes del Estado que hayan cometido delitos en el contexto y en razón del conflicto armado.
  • Las personas que sin formar parte de las organizaciones o grupos armados hayan participado de manera indirecta (financiadores o colaboradores) en el conflicto armado y hayan tenido responsabilidad en la comisión de los crímenes más graves y representativos.

¿Cómo estará conformada?

De acuerdo al Senado, la JEP tendrá cuatro Salas, un tribunal y una Secretaría Ejecutiva distribuidas así:

  • Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas: estará a cargo de recibir toda la información y los reconocimientos de responsabilidad en hechos del conflicto armado, como lo señaló el Alto Comisionado para la Paz. Además deberá identificar los casos más graves y representativos. Aún así, su competencia no se limita a ellos.
  • Sala de Amnistía e Indulto: este órgano decidirá si otorga o no la amnistía o el indulto, cuando se trate de casos y personas que puedan aspirar a ello. Cuando se trate de individuos que califiquen para ninguna de estas dos categorías deberá remitir los casos a la primera sala.
  • Sala de Definición de Situaciones Jurídicas: tiene la responsabilidad de definir qué pasará con la situación jurídica de quienes no sean objeto de amnistía ni indulto ni tampoco estén incluidos en las resoluciones emitidas por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad.
  • Sala de Unidad de Investigación y Acusación: cuando se presente un caso en el que la persona o los implicados no reconozcan su responsabilidad, esta será la autoridad encargada de investigar y, si existe mérito, llevar los procesos ante el Tribunal para la Paz. En caso de que considere que no es necesario acusar o investigar, remitirá los expedientes a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas o a la Sala de Amnistía e Indulto. Además de contar con un equipo de investigación técnico forense, deberá tener un equipo de investigación especial para casos de violencia sexual.
  • Tribunal para la Paz: este órgano será conformado, a su vez, por cinco secciones. Entre todas se encargarán de evaluar las conductas reconocidas, los responsables, las sanciones y el modo en que éstas serán ejecutadas. También deberá verificar el cumplimiento de sus sentencias. Al tribunal llegarán las acusaciones de la Sala Unidad de Investigación y las apelaciones sobre las decisiones de las otras salas y de sus propias secciones. En los casos de las personas que hayan cumplido una pena en la justicia ordinaria, será esta autoridad quien revise las sentencias y su cumplimiento.
  • Secretaría Ejecutiva: encargada de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la JEP.

¿Quiénes harán parte de la JEP?

La Justicia Especial para la Paz será conformada por magistrados colombianos principalmente, aunque podrá contar con algunos miembros que sean extranjeros. “Los Magistrados serán altamente calificados y deberá incluirse expertos en distintas ramas del derecho. Los magistrados serán elegidos mediante un proceso de selección que dé confianza a la sociedad colombiana”, explicó el Alto Comisionado para la Paz.

Y la alta calificación se refiere a que cualquiera que aspire a ser magistrado del Tribunal para la Paz, deberá reunir los mismos requisitos necesarios para pertenecer a las altas cortes colombianas: Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia o el Consejo de Estado. Además de tener conocimientos en derechos humanos, Derecho Internacional Humanitario y resolución de conflictos.

¿Cómo serán las sanciones?

Las sanciones que impondrá la Jurisdicción Especial para la Paz tendrá tres tipos de sanciones: propias, alternativas y ordinarias. Las primeras, como lo consignó el Alto Comisionado para la Paz, están previstas para ser impuestas a quienes reconozcan la verdad y su responsabilidad. Su función principal es restaurativa y esta enfocada a reparar el daño causado. Cuando se trate de infracciones muy graves tendrán un mínimo de duración de 5 años y un máximo de 8 años. Entre las medidas que se contemplan está la restricción a la libertad de residencia y movimiento. Para el caso de quienes no hayan tenido “una participación determinante en los casos más graves y representativos” la sanción se diminuirá de 2 a 5 años.

Las sanciones alternativas se refieren a quienes reconozcan la verdad y su responsabilidad en la JEP antes de que se dicte una sentencia. Su función será retributiva y la pena será privativa de la libertad de 5 a 8 años.

Finalmente, las ordinarias son para quienes no reconozcan su responsabilidad y sean condenados por el Tribunal para la Paz. Por eso, cumplirán las funciones estipuladas en las normas de la justicia penal ordinaria. La privación de la libertad no podrá ser inferior a 15 años ni superior a 20 años en el caso de conductas muy graves.

¿Cómo se excluirán las personas para que no reciban amnistía ni indulto?

Dentro de los delitos que se contemplan para la amnistía e indulto quedan por fuera aquellos de lesa humanidad, genocidio, graves crímenes de guerra, toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, desplazamiento forzado y reclutamiento de menores, de acuerdo a lo que señaló el Alto Comisionado para la Paz.

Los delitos comunes que no estén relacionado con la rebelión tampoco podrán amnistiarse ni indultarse.

¿Habrá extradición?

No. Si un caso llega a la Justicia Especial para la Paz, y es aceptado como parte de la competencia de este mecanismo, no se podrá imponer la extradición “ni tomar medidas de aseguramiento con fines de extradición”, señaló el Alto Comisionado para la Paz en su portal. Ahora bien, siempre y cuando los delitos se hayan cometido antes de la firma del Acuerdo Final. Cuando la conducta se produzca después, cualquier delito podrá ser objeto de extradición.

¿Cuánto durará?

Según el Senado de Colombia, la JEP estará vigente por 10 años que empiezan a contar desde el momento en que todas las salas que la conforman entren en funcionamiento. También tendrá un plazo máximo de cinco años más para concluir sus actividades.

¿La JEP cuenta con enfoque diferencial?

Sí. El Senado reportó que el enfoque diferencial fue vinculado a la JEP para que se aplique a todas las fases y procedimientos del sistema, “en especial respecto a todas las mujeres que han padecido o participado en el conflicto”.

Por su parte, el Alto Comisionado para la Paz señaló que la JEP considerará las diferentes consecuencias que se desprenden de “las violaciones contra mujeres así como contra los grupos más vulnerables, sujetos de especial protección, o especialmente afectados por el conflicto, entre ellos los pueblos indígenas, las comunidades afro-­descendientes, los campesinos, los más pobres, las personas en condición de discapacidad, las personas desplazadas y refugiadas, la población LGBTI y los adultos mayores”. Además, los órganos del mecanismos de justicia transicional tendrá un énfasis en las necesidades de las mujeres, niñas y niños.

¿Y las comunidades indígenas?

De acuerdo al Senado, las comunidades indígenas lograron su aporte en esta legislación a través de una propuesta que se enfocó en “llevar los conflictos de competencia entre la Justicia Especial de Paz y la jurisdicción Especial Indígena a través de jueces y autoridades indígenas en una sala incidental”.

¿El texto aprobado fue modificado al que presentó el gobierno inicialmente?

Sí. El Senado estableció en su comunicado de prensa que la iniciativa presentada por el Gobierno tuvo 83 modificaciones que propusieron los congresistas.

¿Qué viene ahora?

La Jurisdicción Especial para la Paz deberá pasar por el trámite de una ley estatutaria que la reglamentará y establecerá cuándo los delitos relacionados con el narcotráfico serán de su competencia y cuándo deberán pasar a la justicia ordinaria, como lo explicó el Senado.