(CNN Español) – El 7 de abril, la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitó al Estado peruano abstenerse de implementar la sentencia del Tribunal Constitucional del Perú, del 17 de marzo, que le otorgó la libertad al expresidente Alberto Fujimori. La sentencia restituía los efectos del indulto humanitario otorgado en diciembre 2017 a Fujimori por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynki, que fue dejado sin efecto por la Justicia peruana un año después, tras lo cual Fujimori regresó a prisión.

Alberto Fujimori, presidente de Perú de 1990 a 2000, fue sentenciado en 2009 a 25 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves en perjuicio de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

¿Cuál es el futuro de Alberto Fujimori?

CNN conversó con César Nakazaki, abogado del expresidente, y con Carlos Rivera, abogado de la víctimas de los casos por los que Fujimori fue sentenciado.

Nakazaki sostiene que la familia del exmandatario ha decidido persistir en su demanda de liberación. “Vamos a insistir en que el indulto recupere sus efectos”, dijo el abogado. Para ello, explica que serán implementadas dos acciones. La primera ha sido solicitar al Tribunal Constitucional debatir si corresponde cumplir con la decisión de la Corte Interamericana en mérito a que, de acuerdo al Pacto de San José de Costa Rica, “quien determina cómo se cumplen o no las disposiciones de la Corte es cada Estado de acuerdo a su derecho”, señala Nakazaki .

Por el contrario, Carlos Rivera, abogado de las víctimas, señala que la decisión de la Corte es de obligatorio cumplimiento de acuerdo al derecho de los tratados firmados y ratificados por el Perú –Convención de Viena, de 1969, y Convención Americana sobre Derechos Humanos–: “La Corte ha venido marcando la jurisprudencia en el sentido que los Estados están obligados a cumplir la decisiones, salvo un asunto de difícil interpretación”, subraya.

El abogado de Fujimori explica que la segunda acción será impulsar el habeas corpus que presentó en 2019 (el que le otorgó la libertad al expresidente fue presentado por otro abogado, Gregorio Parco).

Nakazaki sostiene que ello permitirá revisar una de las exigencias de la Corte respecto a si la enfermedad de Fujimori “justifica o no otorgar el indulto humanitario”. Efectivamente, en 2018, la Corte, en una resolución de supervisión de cumplimiento de las sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta, se pronunció sobre el indulto concedido al exmandatario y dispuso verificar la proporcionalidad entre el derecho a la justicia de la víctimas y el derecho a la salud del sentenciado.

Carlos Rivera dice que lo mencionado por Nakasaki es solo una de las exigencias de la Corte para que el Estado considere el otorgamiento de un indulto, pero que existen otras como “verificar si el interno ha reconocido sus hechos delictivos, si ha pagado la reparación civil o si ha pedido perdón a las víctimas”, y que no tiene conocimiento de que ello se haya cumplido. Por ello, ante una posible nueva sentencia del Tribunal Constitucional que pudiera ordenar la libertad de Fujimori, “si es que el Estado peruano no ha cumplido ese estándar, vamos a repetir la misma historia”.

La posición del Estado peruano

En la audiencia en la que la Corte solicitó no liberar a Fujimori, la representación del Estado sostuvo que reconocía el carácter vinculante de las sentencias de la Corte y que las decisiones del Tribunal Constitucional “no pueden ser excluidas del control convencional de los órganos del Sistema Interamericano”. El canciller, César Landa se pronuncio en el mismo sentido.

La decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos llegó tras la solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes legales de las víctimas al conocerse el fallo del Tribunal Constitucional que liberaba a Fujimori. En su resolución, la Corte señala que el Estado peruano debe abstenerse de liberar al expresidente “debido a que no cumplió con las condiciones determinadas en la Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias del 30 de mayo de 2018”.

La resolución citada por la Corte fue mencionada tanto por el abogado de Fujimori como por el de las víctimas, durante la conversación sostenida con CNN para la elaboración de esta nota.

En 2018, esta instancia supranacional, tras conocerse el indulto concedido al expresidente por parte del entonces mandatario, Pedro Pablo Kuczynski, dispuso que la Justicia peruana se pronunciara. Así, la Justicia peruana lo dejó sin efecto.

La historia de las sentencias a Fujimori

En 2001 y 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencias sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta que ordenaron al Estado peruano cumplir con su obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar a los responsables.

Abril de 2009

La Justicia peruana condenó a Alberto Fujimori a 25 años de prisión por homicidio calificado y lesiones graves en perjuicio de las víctimas de ambos casos.

Diciembre de 2017

El presidente Pedro Pablo Kuczynski concede un indulto a Alberto Fujimori y este abandona la cárcel.

Mayo de 2018

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emite una resolución de supervisión de cumplimiento de sus sentencias y dispone que la Justicia peruana se pronuncie sobre el indulto.

Octubre de 2018

La Corte Suprema de Justicia de Perú deja sin efecto el indulto y señala que no se tomaron en cuenta los criterios de la Corte Interamericana en su resolución de supervisión de cumplimiento de 2018.

Enero de 2019

Alberto Fujimori es detenido y regresa a prisión.

Marzo de 2022

El Tribunal Constitucional emite una sentencia (17 de marzo 2022) declarando fundado el habeas corpus presentado por el abogado Gregorio Parco y dispone la libertad de Fujimori, pero los representantes de las víctimas solicitan medidas provisionales a la Corte Interamericana que, finalmente, solicita al Estado peruano abstenerse de liberar al exmandatario.