CNNE 1536571 - milei en la asuncion presidencial

(CNN Español) – El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que dictó el presidente de Argentina Javier Milei el 21 de diciembre entró en vigor. La controvertida medida, que muchos sectores acusan de inconstitucional y que desregula la economía con la modificación y derogación de decenas de leyes, comenzó a regir este viernes 29 de diciembre porque, al no haber fijado cuando se publicó en el Boletín Oficial la fecha en que comenzaría a aplicarse, se cuentan los ocho días que establece el Código Civil, según explica el abogado y doctor en Derecho Christian Cao.

La Corte Suprema de Justicia aceptó el viernes tratar una demanda de amparo del gobernador de la provincia de La Rioja, Ricardo Quintela, que plantea la inconstitucionalidad del DNU. Sin embargo, el máximo tribunal solo se abocará al caso en febrero, luego de la feria judicial argentina. Otras 25 demandas aguardan ser tratadas por la justicia.

En sus 366 artículos el DNU contempla varias reformas con amplias consecuencias, como la flexibilización del mercado laboral o el fin de la ley de alquileres, entre tantos otros, que desde este viernes comienzan a impactar en la vida cotidiana de los argentinos. Además, con la desregulación de los seguros de salud privados -llamados empresas de medicina prepagas- y el comercio, entre otros rubros, estos cambios impactarán rápidamente en el bolsillo.

Trabajo

A partir de este viernes, quienes sean contratados para un trabajo tendrán un periodo de prueba de ocho meses en lugar de tres, como regía hasta el jueves.

A la vez, si alguien es despedido podría cobrar una menor indemnización a la que establecía el régimen anterior, que debía calcularse sobre la base del sueldo de un mes por año trabajado. Ahora, el DNU reduce ese mínimo a la posibilidad de considerar el 67% de un sueldo por año porque, entre otros puntos, no incluye para el cálculo al aguinaldo, el sueldo extra anual que se paga en dos cuotas por año, “ni otros conceptos de pago semestral o anual”.

Desde la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas agregaron que “la norma faculta a los empleadores a optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo”.

También se derogó una norma que establecía que cuando el empleador no paga la indemnización por despido, se incrementa en un 50%. Esta disposición buscaba que el empleador cumpliera con sus obligaciones laborales sin necesidad de llegar a un litigio. En la práctica, esto significa que pueden despedir a un empleado y demorar el pago de la indemnización sin recibir sanciones.

También se modifica la presunción de existencia de contrato de trabajo. Si bien muchos empleados trabajan como contratados y emiten facturas para cobrar por sus servicios a sus empleadores y se hacen cargo del pago de sus impuestos y seguridad social, hasta ahora podían denunciar una relación laboral encubierta que la justicia reconocía, por ejemplo, cuando hubiera una cierta cantidad de facturas correlativas a una misma persona o empresa. Ahora, esa presunción se reduce notablemente porque no se aplica “cuando se trata de contrataciones de obras o servicios profesionales y se emitan los recibos o facturas correspondientes”, explica Cao.

Miembros del Sindicato del Neumático, protestando contra el Gobierno de Javier Milei, en Buenos Aires, Argentina, el 20 de diciembre de 2023.

Derecho a huelga

También se acota el derecho de huelga consagrado en la Constitución Nacional al agregarse nuevas actividades y sectores a la categoría de servicios esenciales. “Eso establece que determinadas actividades, por ejemplo, educación o salud, en el momento de ejercer el derecho constitucional a la huelga, deben garantizar al menos servicios mínimos esenciales”, específica Cao.

Esta reglamentación también alcanza a numerosas áreas donde su carácter “esencial” o “trascendental”, como reza la norma, incluye a la aeronáutica comercial, los servicios aduaneros, migratorios y de comercio exterior; la producción de medicamentos; los servicios de telecomunicaciones (radio, televisión e internet); las actividades industriales continuas (siderurgia y la producción de aluminio), químicas y cementeras y la industria alimenticia en toda su cadena de valor.

También abarca a la producción y distribución de materiales de la construcción, la reparación de aeronaves y buques, todos los servicios portuarios, aeroportuarios y logísticos, las actividades mineras, frigoríficas, de correos, agropecuarias y de su cadena de valor, al igual que la distribución y comercialización de alimentos y bebidas.

En la misma medida están alcanzados los servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastronómicos, el comercio electrónico y todo lo que estuviera afectado a compromisos de exportación.

En la práctica, el artículo 97 del DNU hace casi imposible una huelga masiva en cualquier área.

Vivienda

En un país donde el acceso al crédito hipotecario es prácticamente nulo y las propiedades se venden en dólares, alquilar es la única opción para amplios sectores. Pero la Ley de Alquileres queda derogada con DNU y no hay ninguna nueva regulación específica al respecto, salvo lo que regula el Código Civil.

El plazo mínimo de duración de los alquileres de vivienda permanente ya no será de tres años ni habrá fórmulas fijadas por ley para calcular aumentos de precio de los contratos. Además, tampoco queda estipulado que los contratos deban hacerse en moneda nacional. El contrato ahora es un acuerdo sin regulaciones entre las partes.

“El decreto del presidente Milei establece que nos pueden cobrar alquileres en cualquier moneda, en dólares, en euros, en lo que se les antoje”, señaló Gervasio Muñoz, el presidente de la organización Inquilinos Agrupados, a la agencia estatal de noticias Télam, y agregó: “Nos van a poder hacer firmar contratos por 15 días, por un mes, o por dos meses”.

Además, en el contexto de la fuerte inflación actual, sobre la falta de fórmulas que fijen los aumentos de los alquileres, Muñoz afirmó que, de esta forma, los inquilinos quedan a merced de lo que “se le antoje a la inmobiliaria, 30% mensual, o atar el precio (…) al dólar informal, a la nafta o a lo que quieran”.

Un hombre muestra un periódico durante una manifestación contra el nuevo gobierno del presidente argentino Javier Milei frente al Congreso Nacional, en Buenos Aires el 21 de diciembre de 2023. El nuevo presidente de Argentina Javier Milei dio a conocer el 20 de diciembre de 2023 una serie de medidas para desregular la difícil economía del país, eliminando o cambiando más de 300 normas mediante decreto presidencial, incluidas las relativas a alquileres y prácticas laborales.

Salud

Entre otras disposiciones, el DNU estableció varios cambios en el expendio y prescripción de medicamentos y a las cuotas del servicio de medicina privada. Ahora pueden aumentar libremente y así varias empresas de medicina prepaga ya informaron a sus socios de aumentos en torno a un 40% en el valor de sus cuotas desde enero.

Comercio, precios y contratos

Como el DNU también deroga las leyes de Abastecimiento y de Góndolas, que permitían al gobierno intervenir tanto en el comercio mayorista como en el minorista, el Estado se queda sin herramientas para controlar si un fabricante o un distribuidor manipula sus precios, ahora los supermercados pueden decidir libremente qué mercadería exhibir y en qué lugar ubicarla. “Si el supermercado retiene mercaderías, especulando con el precio, no se lo puede multar”, advierte un informe del Centro de Economía Política (CEPA), un centro de estudios crítico de las políticas de Milei.

Otro de los puntos centrales de las nuevas medidas comerciales es la desregulación en intereses y comisiones de tarjetas de crédito. Para los consumidores se eliminan los topes a los intereses que bancos y emisoras de tarjetas pueden cobrarles por morosidad en el pago de sus resúmenes de cuenta. Para los comerciantes, se eliminan los límites a las comisiones que los bancos podían cobrar por las ventas con tarjetas, que eran del 3% para tarjetas de crédito y de 1,5% para débito.

“También es importante destacar la modificación del artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite todo tipo de contrato en moneda extranjera, diferente a la moneda nacional, y obliga a quien asume una deuda en moneda extranjera a cancelarla en esa misma moneda y no necesariamente en peso argentino al tipo de cambio oficial”, señala Cao.

Vigencia del DNU

Todas las medidas dispuestas en el DNU “tienen plena vigencia porque es una norma jurídica plenamente vinculante y aplicable”, explica Cao, a pesar de varios cuestionamientos de inconstitucionalidad, de los recursos judiciales sobre los que los tribunales aún no se han expedido, y de que todavía el Congreso no se haya expedido al respecto.

“El eventual rechazo por parte del Congreso de la Nación tiene que ser por parte de las dos cámaras. No alcanza con que lo haga solamente una. Dicho de manera inversa, si una de las cámaras valida el decreto de urgencia, el DNU adquiere firmeza”, explica Cao.

Asimismo, si la Justicia llegara a pronunciarse, habrá que ver “en qué aspecto esa hipotética demanda y esa sentencia o medida cautelar declararán la inconstitucionalidad de uno o varios de los artículos del Decreto de Necesidad Urgencia. Si eso sucediera, en principio, el DNU no regiría para la parte que interponga el amparo”, agrega.

Sin embargo, “también está la eventualidad que el juez pueda disponer efectos expansivos para el resto de las personas que se encuentren en la misma situación”, finaliza el abogado.