(CNN Español) – Este 19 de enero se inicia en México un periodo llamado intercampaña, que va del 19 de enero al 29 de febrero. El Instituto Nacional Electoral (INE) da estos 41 días a los partidos políticos para que resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de candidatos.
En ese periodo, la autoridad electoral también revisa que las solicitudes de registro de los candidatos cumplan con los requisitos necesarios.
Qué sí y qué no pueden hacer los precandidatos
Durante la intercampaña, los precandidatos no pueden aparecer en spots, debates, mesas redondas o de análisis de radio y televisión en los que esté presente más de un aspirante, explica el INE.
La propaganda que difundan solo puede ser informativa y no debe llamar al voto.
Los precandidatos podrán asistir a actos privados y reuniones para hablar de temas generales y de interés público, pero no deben llamar al voto ni incurrir en actos anticipados de campaña.
Los partidos pueden difundir propaganda política, siempre y cuando solo presenten la “ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias”, señala el INE.
En la propaganda también podrán invitar a la ciudadanía a unirse al partido, pero sin pedir el voto a favor o en contra de algún aspirante, o hacer referencias expresas a candidaturas.
Los partidos podrán hacer “alusión genérica” al cambio o continuidad de una política pública ya que el INE considera que eso “no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral”.
También se pueden difundir cuestionamientos o logros del Gobierno, aunque sin mencionar a los candidatos o partidos.
¿Qué son los actos anticipados de campaña?
De acuerdo con el INE, un acto anticipado de campaña debe cumplir tres requisitos:
- Que sea realizado por partidos políticos, militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos.
- Que ocurran antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previo al registro constitucional de candidaturas.
- Que su propósito sea presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener votos.
¿Qué pueden o no transmitir los medios de comunicación?
Durante la intercampaña, los medios podrán realizar entrevistas y difundir noticias sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas, cuidando respetar la equidad. Los precandidatos y partidos no pueden comprar tiempo al aire en radio y televisión, según lo establecido en la Constitución de México.
Los tiempos en medios son distribuidos por el INE durante la intercampaña. En este periodo, corresponden 48 minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión que cubran la elección, de acuerdo con el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral.
La división del tiempo será de la siguiente manera: 24 minutos para spots del INE y de otras autoridades electorales y 24 minutos para la difusión de mensajes genéricos de los partidos políticos.
De acuerdo con el Artículo 37 de dicho reglamento, los concesionarios “difundirán los promocionales entregados por el Instituto”, con lo cual quedarán eximidos de cualquier responsabilidad.