(CNN Español) –– En un hecho poco común, el Gobierno de México solicitó este martes a la Cámara de Diputados someter a juicio político a un juez a quien acusa de favorecer a miembros de la delincuencia organizada.
La Secretaría de Gobernación (Segob) informó en un comunicado que tuvo “conocimiento de probable actuaciones” de Crescencio Contreras Martínez, juez de Distrito Especializado en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en Tamaulipas, que favorecieron a grupos delictivos en la frontera norte del país, “a través de las cuales se fomenta la impunidad y se niega el derecho a la justicia al pueblo de México”.
“Las determinaciones del juez de Distrito no están apegadas a los principios constitucionales y legales, debido a que ha sostenido criterios que permitieron la liberación de objetivos generadores de violencia en agravio del interés público”, agregó la Segob.
El comunicado detalló que el juez ha participado en “casos de alto impacto”, como “la liberación de personas pertenecientes al grupo criminal presuntamente vinculado con el reciente secuestro de 31 personas migrantes en Tamaulipas”, así como el tráfico de fentanilo o posesión de armas de uso exclusivo del Ejército.
CNN ha intentado contactar personalmente a Contreras Martínez, pero hasta ahora no hemos obtenido respuesta.
Un portavoz del Poder Judicial dijo a CNN que por el momento no darían ningún comentario sobre este asunto.
La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados confirmó a CNN que recibió la solicitud, sin proporcionar más detalles al respecto.
La Constitución de México indica que los jueces de Distrito ―entre otros altos funcionarios― pueden ser sujetos a juicio político y, en su caso, ser sancionados con destitución e inhabilitación si se comprueba que sus actos u omisiones causan perjuicio de los intereses públicos fundamentales. “La Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara, después de haber sustanciado el procedimiento respectivo y con audiencia del inculpado”, indica el artículo 110.