(CNN Español) – El 21 de junio de 2019 es una fecha que quedó marcada a fuego en la memoria de muchos en España. Esa es la jornada en la que el Tribunal Supremo condenó a 15 años de prisión a los cinco hombres conocidos como La Manada, por el delito continuado de violación de una joven de 18 años en los sanfermines de 2016.
Los acusados: José Ángel Prenda Martínez, Ángel Boza Florido, Jesús Escudero Domínguez, Antonio Manuel Guerrero Escudero y Alfonso Jesús Cabezuelo Entrena.
La decisión fue celebrada por la misma parte de la sociedad que de forma improvisada había salido a las calles meses antes, indignada por las decisiones que otras instancias judiciales inferiores habían tomado anteriormente sobre el mismo caso.
Concretamente, la Audiencia Provincial de Navarra, donde tuvo lugar el juicio contra La Manada ―conocidos así por el grupo de WhatsApp en el que conversaban―, los condenó en abril de 2018 a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual. Esa condena fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra tan solo ocho meses después.
Esa sentencia causó gran irritación entre diferentes grupos sociales, dado que la condena por abuso sexual eludía la posibilidad de que esa agresión se hubiera consumado con violencia y porque suponía una pena de cárcel menor que la que conllevaba una violación, de acuerdo con el Código Penal vigente en ese momento.
Muchos se sorprendieron de que la ausencia de consentimiento, tal y como quedó probado en el juicio, no tuviera peso en la causa, y de ahí que miles de personas salieran a las calles y plazas de muchas grandes ciudades al grito de “no es abuso, es violación” o “hermana, yo sí te creo”.
La fuerza de esas protestas fue tal que incluso el Gobierno de ese momento reaccionó. La entonces vicepresidenta primera, Carmen Calvo, anunció en julio de 2018 que trabajarían por reformar el CP para que la falta de consentimiento fuera un eje central a la hora de juzgar los delitos que atentan contra la libertad sexual. Esa reforma entró en vigor en octubre de 2022, conocida como “ley solo sí es sí”.
¿Cuáles fueron los hechos juzgados?
La Justicia española se centró en juzgar los hechos que tuvieron lugar en la madrugada del 7 de julio de 2016, cuando la víctima, de 18 años, fue violada en grupo.
Todo ocurrió pasadas las 3 a.m., cuando la joven quería descansar en el coche en el que había viajado a Pamplona junto a un amigo para celebrar los sanfermines. Es ahí cuando, tras entablar conversación con uno de los cinco miembros de la autodenominada La Manada, estos se ofrecieron a acompañarla al coche, pero, en vez de eso, terminaron llevándola a un edificio donde consumaron la violación.
“Impresionada y sin capacidad de reacción”, la joven adoptó “una actitud de sometimiento y pasividad” ante los hechos, según los magistrados de la Audiencia Provincial de Navarra.
Terminada la agresión, los condenados se marcharon “escalonadamente”. Uno de ellos incluso se apoderó del teléfono móvil de la denunciante, impidiendo que la joven pudiera llamar a su amigo.
¿Qué cambios propició?
La indignación por este caso terminó abriendo un fuerte debate sobre cómo la Justicia abordaba los delitos contra la libertad sexual.
En octubre de 2022, entró en vigor la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como “ley solo sí es sí”, con la que se unifica el abuso sexual y la violación a un solo tipo, el de agresión sexual, y que sitúa la falta de consentimiento como el eje central a la hora de abordar estos delitos.
Pero pasó poco tiempo hasta que esta reforma generó polémica, dado que incluyó la rebaja de la pena mínima para este nuevo tipo penal. Concretamente, la nueva redacción del artículo 179 del Código Penal reducía de seis a cuatro años la pena mínima para los autores de una agresión sexual con acceso carnal.
Su entrada en vigor incluso benefició a uno de los cinco condenados, dado que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra decidió rebajarle un año de la pena de prisión impuesta – de 15 a 14 años- . Según justificó este órgano judicial, la condena debía reducirse puesto que el propio Tribunal Supremo señaló en su sentencia que imponía una condena de 15 años, “próxima” o “cercana” al mínimo legal, unos mínimos que la citada ley rebajó “sensiblemente”.
El Gobierno atajó la situación pocos meses después, propiciando la entrada en vigor en abril de 2023 de otra reforma que contempla tipos agravados de las agresiones sexuales, haciendo que la pena de prisión mínima para ese delito suba a seis años en los casos donde media violencia o intimidación.