(CNN Español) – Durante 80 años, México prohibió la reelección de sus legisladores.
La primera restricción a la reelección se estableció en la Constitución de 1917, ahí se puso un candado para que ni el presidente ni los gobernadores de los estados pudieran continuar otro periodo.
Esto se extendió más tarde al Poder Legislativo. En 1933, se publicó una reforma constitucional para evitar la reelección inmediata de los diputados y senadores.
De acuerdo con el Artículo 59 de la Constitución, los legisladores no podían reelegirse para un periodo inmediato, pero sí podían hacerlo después de un período intermedio, es decir, dejar pasar un periodo entre candidatura y candidatura.
El argumento fue que así se evitaban enclaves políticos y continuismo dentro del Congreso federal y los gobiernos de los estados.
La reforma político-electoral de 2014 terminó con esta prohibición. Estos cambios, promulgados por el entonces presidente Enrique Peña Nieto, incluían también que el Instituto Federal Electoral (IFE) cambiara a Instituto Nacional Electoral (INE).
Esta reforma permite que diputados, senadores, además de diputados locales y alcaldes, regidores y síndicos puedan ser electos hasta por cuatro periodos - cada uno de tres años - mientras que los senadores solo por uno más, pues cada uno es de 6 años. Con esto, todos podrán estar en su cargo por 12 años como máximo.
Solo los gobernadores de los estados no pueden ser reelectos.
La primera vez que se aplicó la reelección - bajo las nuevas leyes - fue en 2021. Ese año los legisladores federales y locales, así como los alcaldes elegidos en 2018 pudieron buscar seguir en su cargo.
Entonces se reeligieron 139 legisladores, 107 por mayoría relativa y 32 por representación proporcional.
Esta será la primera vez que los senadores podrán acceder a la reelección, pues este año termina su primer periodo.
De acuerdo con datos del INE, para las elecciones del 2 de junio, 467 de los 500 diputados de la Cámara de Diputados buscarán un segundo periodo. De estos, 277 son de mayoría relativa, esto es que ganaron su escaño por el voto directo de los ciudadanos.
Mientras que 190 son de representación proporcional, también plurinominales, y lograron su escaño según los votos que obtuvo su partido.
En el caso del Senado, 88 de los 128 buscan por primera vez la reelección. 69 son de mayoría relativa y 19 de representación proporcional.
Los requisitos para la reelección
En septiembre de 2023, el INE aprobó las reglas para la reelección de legisladores. Hay varios candados para quienes buscan repetir en el cargo.
Entre los requisitos que deben cumplir están:
Postularse por el mismo partido por el que llegaron al poder, o al menos por alguno de la misma coalición que los postuló.
Excepto si renuncian o pierden su militancia antes de la mitad de su mandato. Y deberán postularse por la misma entidad federativa, distrito electoral federal o circunscripción por la cual fueron electas en el periodo anterior.
El INE señala que los candidatos a reelegirse no deberán estar sentenciados por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexual, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual o por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
Los aspirantes no deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Los diputados y senadores no tienen que dejar su cargo actual para contender, pero no pueden usar recursos “humanos, materiales o económicos propios del encargo con fines electorales”, según el INE.