(CNN Español) – Mientras en Costa Rica una madre clama justicia por la presunta violación que sufrió su hija de 13 años supuestamente a manos del padre, y que la habría dejado embarazada, en el país volvió a despertarse el debate por la despenalización del aborto en algunos casos.
Aunque la mamá le explicó a CNN que ni ella ni la menor contemplaron la posibilidad de un aborto —”ella me dijo que ese embarazo no lo va a interrumpir que no va a hacer un crimen como el papá le hizo a ella”, indicó la madre— el caso causó indignación y puso de nuevo en la agenda las distintas posiciones acerca de los casos para un aborto legal en medio de un contexto de violencia sexual.
¿Qué dice la ley?
La única causal que prevé el Código Penal costarricense para que la interrupción del embarazo no se castigue es si se realiza “con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre” y cuando es la única opción que queda.
Si bien la ley establece el perdón judicial para otras dos situaciones de aborto, la decisión de extinguir la pena queda en manos de los jueces. Se trata de cuando la mujer interrumpe por sí misma el embarazo al ser producto de una violación y de cuando es causado “para salvar el honor propio”, el de un ascendiente, descendiente o de una hermana. Lo que significa que ambas circunstancias pueden penalizarse si así lo decide la autoridad judicial. Esto en un país donde cada año registran 500 embarazos en niñas menores de 15 años, según el Instituto Nacional de la Mujer de Costa Rica (Inamu).
Esta entidad también señaló que los embarazos en niñas y adolescentes “constituyen una de las formas más perversas de violencia sexual porque invaden la vida de las mujeres desde muy temprana edad y generalmente se prolongan durante el resto de su niñez y adolescencia”.
La presidente ejecutiva de Inamu y ministra de la Condición de la Mujer, Alejandra Mora, destacó además que en una cantidad considerable de los casos quienes perpetran los abusos son personas cercanas o que conviven con las menores víctimas: padres, padrastros, hermanos tíos o familiares masculinos. “El abuso se sostiene por el silencio exigido mediante amenazas y chantajes que incluso son de matar a su madre, a ellas mismas o incluso de suicidarse, garantizando lo que permite continuar con la situación del abuso sexual”, explicó Mora.
Por su parte, frente al caso específico de la menor, el obispo de la ciudad Limón monseñor Javier Román Arias escribió en su cuenta de Facebook que “dichosamente la madre ha decidido tener a su hijo. No se puede agregar sangre a la sangre, y como sociedad debemos generar un diálogo sobre la protección de la niñez y su legítimo interés superior”. Y agregó que es necesaria una intervención profesional para asegurar la salud física y sicológica de quienes están involucrados y para “asegurarles oportunidades para una vida digna junto al bebe en gestación, cuya vida se debe igualmente proteger con el mayor de los cuidados”.
La realidad de la violencia sexual
El Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia reportó que en 2015 se presentaron 6.811 delitos sexuales contra personas mayores de edad. De ellos, 2.623 fueron abusos sexuales contra personas menores o incapaces. Otros 938 casos que se reportaron son relaciones sexuales con menores de edad. Y entre 2003 y 2015 la cifra acumulada fue de 29.634 casos que ingresaron a las fiscalías penales de adultos por abusos contra menores de edad o personas en situación de discapacidad.
Además, el inicio de las relaciones sexuales está ocurriendo cada vez más temprano: el 13,7% de las mujeres y el 23,7% de los hombres de 15 años de edad que fueron consultados para la II Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva aseguraron haber tenido relaciones. Y la cifra aumenta prácticamente el doble cuando se llega a los 16 años: 26,8 % para las mujeres y 42,1% para los hombres. Para los 18 años de edad, la mitad de las mujeres y dos tercios de los hombres que viven en Costa Rica han tenido relaciones sexuales. Además, 1 de cada 3 mujeres encuestadas manifestó haber sufrido algún tipo de abuso u hostigamiento sexual.
Este es el contexto de un debate que tuvo un importante avance con la entrada en vigencia de la Ley de Relaciones Impropias el pasado 13 de enero. La medida plantea penas de entre tres y seis años de prisión para quienes sostengan relaciones sexuales con menores de 13 a 15 años, siendo los perpetradores cinco años mayores o más. Si se trata de un menor que está entre los 15 y 18 años la sanción carcelaria se reduce a dos o tres años.
Sin embargo, cuando quien mantiene las relaciones sexuales con el menor son “tío, tía, hermano o hermana, primo o prima por consanguinidad o afinidad, tutor o guardador, o se encuentre en una posición de confianza o autoridad con respecto de la víctima o su familia” la pena asciende a un monto de cuatro a diez años. También se prohíben los matrimonios con menores de edad.
“Una de las consecuencias más negativas de este tipo de relaciones las viven las niñas, quienes son las que se embarazan y terminan abandonando no solo el sistema educativo, sino otros proyectos de vida. Solo entre los años 2009-2014, 2.450 niñas entre los 10 y 14 años se convirtieron en madres y 26 niños entre los 10 y 14 años en padres”, indicó Alejandra Mora, según lo reportado por el portal de Inamu.
Además, Inamu está buscando evitar que los delitos sexuales contra los menores prescriban. Según el Código Penal los términos por estos crímenes empieza a correr desde que la víctima cumple los 18 años o de que esté en condiciones de denunciar. La entidad señala que “en su mayoría las víctimas son mujeres con una estigmatización social y un abordaje parcializado que revictimiza, juzga y silencia”.
Por eso, también, de mano de la Comisión de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia está buscando analizar cómo la violencia sexual en niñas y adolescente incide en las decisiones judiciales que dejan en libertad a los presuntos abusadores. “El riesgo de estas personas que se han atrevido a romper el silencio porque ya no aguantan la carga de los abusos, de dolor, de sufrimiento es enorme. Al verse descubiertos estos agresores harán todo lo posible para que no se haga justicia”, sostiene Inamu.
La discusión sobre los casos para un aborto legal
Desde el 2011, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés) le pidió al Estado de Costa Rica que considerara de revisar la ley sobre el aborto para poder identificar “otras circunstancias bajo las cuales podría permitirse el aborto, como los abortos en casos de embarazos resultantes de violación o incesto”. Y manifestó su preocupación frente a que las mujeres no tengan acceso al aborto legal “debido a la falta de directrices médicas claras en que se esboce cuándo y cómo puede hacerse un aborto legal”.
En la misma línea, el Centro de Derechos Reproductivos, organización especializada en proteger el derecho a la salud y a la autonomía reproductiva de las mujeres, explicó que si bien el aborto terapéutico está contemplado en el Código Penal no “existen protocolos especializados o guías sanitarias que indiquen al personal de salud cómo llevar a cabo el procedimiento de aborto cuando la vida o la salud física o mental de la mujer se encuentran en riesgo”. Entonces, continúa el centro, los vacíos legales llevan a que las mujeres “se vean obligadas a buscar servicios de abortos clandestinos que suponen graves peligros para su salud”.
La organización, además, apuntó a que según la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) se reportaron 97.416 egresos por abortos en el período entre 2006 y 2014. Sin embargo, los abortos no están discriminados por abortos espontáneos y abortos terapéuticos, “lo cual dificulta conocer las dimensiones reales de esta situación”.
Por su parte, la asociación Por la Vida, aseguró que “el aborto no va a quitar ningún dolor físico o psicológico producido en una violación. Al contrario, le va a agregar las complicaciones físicas y psíquicas que ya el aborto tiene de por sí”. También mencionó que el fruto del acto violento, es decir el niño, es inocente y “no carga para nada con la brutal decisión de su padre genético”. Además insistió en que presentar la interrupción del embarazo como una “solución” es igual a “decir que un veneno hay que combatirlo aplicando otro”.
Por la Vida también dijo —citando un informe especial del Observatorio Regional para la Mujer de América Latina y el Caribe— que “si se hace un análisis comparado de las legislaciones de los países relativas al aborto y las tasas de mortalidad materna se encuentra que no existe una correlación estadística ni bases científicas para afirmar que a mayor liberalización de la legislación con respecto al aborto exista una disminución de la mortalidad materna”. Y agregó que más del 50% de las muertes maternas del mundo suceden en los países que tienen las leyes menos restrictivas.
Ahora bien, el Ministerio de Salud trabaja desde enero de 2015 en una Norma Técnica Aborto Impune, para darle cumplimiento a las peticiones hechas por la CIDH, a raíz de dos casos en los que se solicitó la aplicación del aborto terapéutico, pero que no fue aplicado, “por lo que se alega afectación de la salud integral, entre otros derechos”.
Tampoco hay que perder de vista que las estadísticas del Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia, que indican que en 2015 se presentaron 1.432 violaciones. Y en el periodo comprendido entre 2003 y 2015 la cifra ascendió a 19.489.
El caso de la menor de 13 años presuntamente violada y embarazada por su padre también se tomó las redes sociales y algunos usuarios manifestaron su posición frente al aborto:
Incluso, una usuaria compartió los pronunciamientos previos frente al aborto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Cedaw.