(CNN Español) – Llegó el mes de junio y, con él, la expectativa de los trabajadores de Argentina por el pago del medio aguinaldo correspondiente al primer semestre del año.
Aquellos trabajadores formales del sector público y privado, así como jubilados y pensionados que estén registrados, podrán acceder al primer pago del Sueldo Anual Complementario (SAC).
Las fechas de cobro para cada monto están estipuladas en la ley 27.073, que se establece que el aguinaldo será abonado en dos cuotas: la primera de ellas, con vencimiento el 30 de junio, y la segunda, con vencimiento el 18 de diciembre.
¿Cómo calcular el monto del aguinaldo en Argentina?
Para calcular el aguinaldo de junio, los trabajadores deben tomar el mejor sueldo mensual que tuvieron en el primer semestre del 2023 y dividirlo por la mitad. De esta manera, tendrán el monto final que cobrarán en concepto del Sueldo Anual Complementario o SAC.
Según explicó a CNN Sebastián Domínguez, contador público y socio de SDC Asesores, para hacer el cálculo de cuál fue el mejor sueldo de los primeros seis meses del año se tienen en cuenta las horas extra, las comisiones, los bonos, las remuneraciones variables y el pago a cuenta de futuros aumentos. Además, se excluyen los beneficios como “el comedor en la empresa, la provisión de ropa de trabajo, o cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas”, aclara Domínguez. Tampoco se consideran las gratificaciones otorgadas por única vez ni las que están vinculadas al fin del contrato de trabajo, entre otros puntos.
Aquellas personas que no hubieran trabajado los últimos seis meses completos pueden hacer el cálculo proporcional al tiempo trabajado. Para conocer la cifra que deben cobrar, los trabajadores deberán tomar la mitad del mejor sueldo que tuvieron ese semestre, dividirlo por seis, y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados.
“Si a alguien lo despiden o renuncia durante el semestre, tiene derecho a cobrar el SAC proporcional por el tiempo trabajado“, agregó Domínguez. También explicó que los monotributistas no cobran el aguinaldo por ser trabajadores autónomos que no están en relación de dependencia.
¿Cuándo cobro si soy jubilado o pensionado?
El pago del aguinaldo en el caso de jubilados y pensionados coincide con las fechas asignadas para los trabajadores formales. Sin embargo, la Anses establece el cronograma.
Según indicó Domínguez, en junio los pagos serán entre el 8 y el 23 del mes, dependiendo de la terminación del documento de identidad.
¿Alcanza el Impuesto a las Ganancias al aguinaldo?
“El aguinaldo puede tener tres tratamientos: que esté totalmente gravado, que esté totalmente exento, o que esté parte en exento y en parte gravado por el Impuesto a las Ganancias“, detalló Domínguez.
“Para determinar el tratamiento, primero lo que hay que establecer es si el promedio de las remuneraciones o haberes brutos mensuales del período fiscal anual supera o no supera el mínimo no imponible”, señaló el especialista. El Gobierno estableció por decreto este techo en 506.230 pesos, lo que equivale a unos US$ 2.109 dólares al tipo de cambio oficial, según la cotización de mediados de mayo. “Si este promedio supera esa cifra, entonces todo el aguinaldo está gravado por el Impuesto a las Ganancias“, aclaró.
Por otra parte, según Domínguez, en el caso de las personas cuyo promedio salarial de los últimos seis meses esté por debajo de los 506.230 pesos, su aguinaldo está exento de pagar Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, si el promedio da por debajo de esta cifra, pero el aguinaldo por algún motivo –como una remuneración más alta en algún mes – es mayor a 506.230 pesos, el pago del aguinaldo hasta ese monto está exento y por la diferencia está gravado.
Exento de ganancias para salarios brutos de hasta $ 880.000
Sergio Massa, ministro de Economía, anunció que el medio aguinaldo quedará exento del impuesto a las Ganancias, en aquellos salarios brutos de hasta $ 880.000.
Según un comunicado del Palacio de Hacienda, la medida beneficia a “más de medio millón de trabajadores (513.000) que se encuentran sujeto a retenciones del impuesto a las ganancias y registran salarios brutos mensuales entre $ 506.230 y $ 880.000”.
“Es un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las ganancias con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica”, indicaron desde Hacienda.