(CNN Español) – El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este martes a España por “trato inhumano y degradante” a los dos terroristas de ETA encarcelados por el atentado de la terminal 4 del aeropuerto de Barajas, en Madrid, el 30 de diciembre de 2006 y que acabó con la vida de dos personas de origen ecuatoriano.
Los dos terroristas, Igor Portu Juanenea y Mattin Sarasola Yarzabal, fueron detenidos por la Guardia Civil el 8 de enero de 2008 y, según su denuncia, maltratados. En la sentencia del tribunal europeo consta que el día 7 de ese mes los presos fueron examinados por dos médicos del Instituto Forense del País Vasco, quienes “inmediatamente admitieron a Portu en la unidad de cuidados intensivos”, dejando el hospital el 11 de enero de 2008. El TEDH, afincado en Estrasburgo, no encontró signos de tortura, pero sí alegó que lo ocurrido fue lo “suficientemente grave” como para condenar a España a pagar una indemnización de 61.800 dólares a los dos etarras: 37.000 dólares a Portu y 24.700 a Sarasola.
Ambos terroristas cumplen condena en las prisiones de Córdoba y Jaén (Andalucía) después de haber sido sentenciados a 1.040 años de prisión por poner una bomba en dicho aeropuerto.
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Según la sentencia de Estrasburgo, la actuación de la Guardia Civil en ese momento supuso una violación del artículo 3 de la Convención Europea sobre los Derechos Humanos, que prohibe expresamente el trato inhumano y degradante. “El Tribunal encontró que los daños descritos en los certificados presentados por Portu y Sarasola fueron causados mientras estaban bajo custodia de la Guardia Civil”, explicó la nota difundida. En ella, indicó que, pese a que es cierto que los denunciantes presentaron contradicciones en su relato, el Gobierno español “no aportó ningún argumento creíble o convincente que pueda servir para explicar o justificar las lesiones que alegan los denunciantes”.
“El Gobierno (español) no ha demostrado las circunstancias exactas en las que se produjo el arresto de los demandantes o probado que el uso de las fuerza por parte de los agentes fue proporcionado”, escribió también la sentencia.
El gobierno presidido por Mariano Rajoy respondió que “respeta y acata” todas las sentencias de los tribunales de justicia, según le dijo a CNN en Español la Secretaría de Estado de Comunicación.
Además, matizó que el Gobierno español “no tendrá que abonar ninguna indemnización a los demandantes, puesto que la deuda que tienen ellos con el Estado es mucho mayor. Dichas indemnizaciones serán compensadas con las deudas que tienen frente al Estado como subrogado en la responsabilidad civil a las víctimas de los delitos cometidos por los detenidos”. Asimismo, el Gobierno español dijo reconocer la labor de los cuerpos policiales contra el terrorismo en los últimos años.
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Los dos miembros de la banda ETA fueron detenidos el 6 de enero de 2008 y los días 8 y 12 de ese mismo mes y año presentaron una denuncia por malos tratos. Fue el 30 de diciembre de 2010 cuando la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (País Vasco) condenó a cuatro guardias civiles por estos hechos, pese a que los agentes negaron las torturas, según informó El País. Sin embargo, en noviembre de 2011 el Tribunal Supremo español anuló la pena y absolvió a los agentes alegando que la política de la banda terrorista era hacer denuncias falsas de tortura contra agentes españoles.
Esta decisión fue validada por el Tribunal Constitucional, lo que hizo que Portu y Sarasola llevaran el caso a Estrasburgo, una demanda admitida a trámite en 2015 y cuya resolución se conoció este martes. En la misma, el TEDH criticó que el Tribunal Supremo anuló la sentencia anterior “sin intentar determinar si el uso de la fuerza física por parte de los oficiales había sido estrictamente necesario y proporcionado” o si las lesiones sufridas por Portu “fueron atribuibles a los oficiales responsables de su detención”.