(CNN) – El secretario de Defensa de Estados Unidos, James Mattis, les dijo a los reporteros este viernes que el presidente Donald Trump está legalmente autorizado para ordenar los ataques contra Siria —los cuales fueron ejecutados sin la autorización del Congreso— bajo el Artículo II de la Constitución.
Parte de ese artículo dice que: “El presidente será el comandante en jefe del Ejército y la Armada de los Estados Unidos”.
“Creemos que el presidente siempre tiene razón de defender los intereses vitales de Estados Unidos y es lo que hizo esta noche bajo esa autoridad”, dijo Mattis.
¿Esto lo hace “legal”?
El gobierno del presidente Trump ha sugerido que el ataque es legal, como un ejercicio del poder inherente del presidente bajo el Artículo II de la Constitución de Estados Unidos, según dijo el analista legal de CNN y profesor de leyes de Seguridad Nacional Steve Vladeck la última vez que Trump ordenó ataques sobre Siria.
Al menos juzgado con el texto constitucional, la práctica histórica y el entendimiento contemporáneo, este argumento es estirar un poco la definición, y va a tomar un poco de trabajo explicar por qué.
¿Qué dice la Constitución?
Según Vladeck, ni el texto constitucional ni el precedente histórico establecen conclusivamente cuándo necesita el presidente al Congreso para aprobar el uso de la fuerza militar. La Constitución divide la guerra de poderes entre el Congreso y el presidente, y deja sin resolver exactamente cuando el uso de la fuerza militar requiere o no de la aprobación del Congreso.
El Artículo I de la Constitución le da al Congreso el poder de “declarar la guerra”, “levantar y apoyar ejércitos”, “proporcionar y mantener una armada” y “establecer reglas” para gobernar el ejército (y, tal vez lo más importante, financiar todas las operaciones militares); pero el Artículo II, le da al presidente el “poder ejecutivo” y lo hace “comandante en jefe” del Ejército, poderes que virtualmente todos los presidentes han interpretado para darles al menos algo de espacio para usar el Ejército sin el permiso expreso del Congreso.