(CNN Español) – La Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración (AILA, por sus siglas en inglés) informó el miércoles que se logró un acuerdo con el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos que flexibiliza la solicitud y renovación de las visas L-2 y H-4.
Tanto la L-2 como la H-4 son visas para cónyuges y para hijos menores de 21 años no casados de trabajadores temporales no inmigrantes en EE.UU. con visas de trabajo categoría L y H, respectivamente.
La AILA dijo en un comunicado que, con el inédito acuerdo, cónyuges con L-2 ya no tendrán que solicitar el documento de autorización de empleo (EAD por sus siglas en inglés) para trabajar en el país; y los cónyuges con H-4 podrán recibir una prórroga automática de su autorización de empleo mientras está en trámite la renovación de su EAD.
Antes de este acuerdo, los cónyuges con L-2 tenían que solicitar EAD y los cónyuges no tenían la prórroga automática de autorización de empleo. Como los trámites se demoraban demasiado, estas personas perdían sus empleos y su remuneración económica.
“A pesar del claro lenguaje estatutario, el USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU.) se negaba a conceder la autorización de empleo correspondiente al estatus de los L-2. La otra cuestión se refiere a los H-4 cuyos permisos de trabajo caducan antes que su estatus H-4; se trata de un grupo que siempre ha cumplido la prueba reglamentaria para la extensión automática de los EAD, pero la agencia les prohibía anteriormente ese beneficio y les obligaba a esperar la reautorización.
“La gente estaba sufriendo. Estaban perdiendo sus puestos de trabajo bien remunerados sin ninguna razón legítima, lo que les perjudicaba a ellos y a las empresas estadounidenses”, señaló la AILA en el comunicado.
Explicación más detallada de las visas L-2 y H-4
En la clasificación del USCIS, las visas para no inmigrantes H y L abarcan una amplia gama de permisos temporales de trabajo o estadía en el país.
De acuerdo con el USCIS, entre las H se encuentran las subclasificaciones H-1B1, H-1B2 y H-1B3, que abarcan, por ejemplo, a trabajadores en profesiones especializadas relacionadas con proyectos de investigación del Departamento de Defensa, modelos para publicidad con méritos y aptitudes distinguidas, enfermeros que trabajan en áreas con escasez de profesionales de la salud, y trabajadores agrícolas y no agrícolas temporales o eventuales.
Entre las L, en tanto, se encuentran las L-1A y L-1B, que incluye a personas transferidas dentro de una misma empresa en posiciones gerenciales o ejecutivas o que requieren conocimientos especializados.
Por tanto, si una persona tiene una visa de trabajo L o H, su cónyuge y sus hijos menores de 21 años que no estén casados tienen la oportunidad de tramitar las L-2 y H-4 con el fin de poder residir temporalmente en Estados Unidos y, eventualmente, trabajar en el país.
Requisitos para la visa L-2
Según la Immigration Advice Service (IAS), organización con presencia en Reino Unido e Irlanda que brinda asesoría legal para el trámite de visas, estos son los requisitos que se deben presentar para la visa L-2:
- Completado el formulario “DS-160: Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante” (guarda el comprobante de pago de la solicitud)
- Después del formulario, podrás agendar entrevista en la embajada del país desde donde estás realizando la solicitud
- Cada solicitante (cónyuge o hijos) deberá contar con pasaporte válido
- Una fotografía por aplicante donde se muestre rostro completo y donde se cumplan con los requisitos locales de cada embajada o consulado
- Para menores de 14 años se debe presentar un certificado de nacimiento original
- Para cónyuges se debe presentar un certificado de matrimonio original
- Una copia de la petición principal para visa L aprobada
- Una carta de quien posee la visa L y una carta del empleador de la persona con visa L
- Cabe señalar que la L-2 tendrá la misma duración que la visa L principal, la cual tiene una duración de tres años y se puede extender hasta cinco o siete años
- Antes del acuerdo que anunció la AILA, la persona con L-2 tenía que solicitar el EAD, pero ya no es necesario
- Por tanto, de ser aprobada la L-2, se tiene permiso automático para trabajar en EE.UU. por el periodo que dure el visado
Requisitos para la visa H-4
La IAS señala que las personas que tengan aprobadas la visa H-4 tiene la oportunidad de estudiar, abrir una cuenta bancaria y solicitar el EAD para trabajar en Estados Unidos (esto último solo aplica para visa principal H-1B). Estos son los requisitos que debes presentar:
- Completado el formulario “DS-160: Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante” (guarda el comprobante de pago de la solicitud)
- Después del formulario, podrás agendar entrevista en la embajada del país desde donde estás realizando la solicitud
- Para cónyuges, un original del certificado de matrimonio
- Para hijos, un original del certificado de nacimiento
- Comprobantes de nómina de hasta tres meses antes de la solicitud que demuestren que puedes mantenerte económicamente
- Una copia del pasaporte
- Una carta del empleador de la persona que posee la visa principal H
- Una copia de la visa principal H
- Tu H-4 tendrá la misma duración que la visa principal H. Si quieres una extensión podrás solicitarla en el “Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante” antes de que tu visa H-4 expire
- Además de ello, tendrás que demostrar nuevamente tu relación de cónyuge con el poseedor de la visa principal H
- Punto importante: como se mencionó al inicio de esta sección, quienes tengan la visa H-4 sólo pueden solictar el permiso para trabajar EAD si el poseedor de la visa principal H tiene la categoría H-1B
- Para solicitar el EAD para tu visa H-4, da clic aquí para revisar los requisitos