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Lo que sabemos de la demanda de México contra Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia
03:26 - Fuente: CNN

(CNN Español) – Las tensiones entre México y Ecuador siguen latentes, y las últimas 24 horas son prueba de ello. El lunes, el Gobierno ecuatoriano presentó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una demanda contra México, al que acusa de violaciones a convenciones, acuerdos y obligaciones internacionales tras haber recibido como huésped en su embajada en Quito en diciembre pasado al exvicepresidente Jorge Glas, a quien posteriormente concedió asilo político.

En tanto, este martes el Gobierno mexicano presentó sus argumentos ante la CIJ en la primera audiencia pública de su demanda presentada el pasado 11 de abril por la irrupción de la Policía de Ecuador en su embajada en Quito el 5 de abril para detener a Glas.

Ante este contexto en el que la demanda mexicana ya está en proceso y la de Ecuador acaba de presentarse, ¿qué podría pasar?

¿Qué dice Ecuador en su demanda ante la CIJ?

Como se señaló antes, Ecuador acusa a México ante la CIJ de violaciones a varios tratados internacionales por dar asilo político a Glas, sobre quien pesan dos condenas en firme por delitos de corrupción y un proceso por peculado con orden de prisión preventiva.

Según Ecuador, su demanda pretende que se declare que México incumplió con leyes y reglamentos que solicitan la no intervención de los Estados en asuntos internos y no utilizar la legación diplomática para funciones incompartibles con sus funciones, como otorgar asilo a personas procesadas por corrupción.

Ecuador considera que México ha violado el artículo 41 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961; el artículo 3 de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954; el artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933; la Carta de las Naciones Unidas; la Carta de la Organización de Estados Americanos; el artículo 14 de la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1966, y los artículos 43, 46 y 48 de la Convención de la ONU contra la Corrupción de 2003, entre otros instrumentos internacionales y el derecho consuetudinario.

CNN solicitó al Gobierno mexicano comentarios sobre la demanda y está a la espera de una respuesta. La canciller de México, Alicia Bárcena, ha rechazado “contundentemente” las acusaciones de actuación ilegal de México en el caso de Glas, al insistir en que se ciñeron al derecho internacional sobre asilo diplomático.

¿Qué sigue después de la presentación de la demanda?

Tal como en el caso de la demanda que presentó México, lo que ahora viene en la demanda de Ecuador será un proceso en dos fases, confirmó a CNN Myrhge Spross Bárcenas, académica de derecho internacional en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y doctorada en Derecho.

  1. Fase escrita: aquí se incluye la presentación de la demanda y réplicas de ambos países.
  2. Fase oral: una vez concluida la primera fase, sigue la presentación oral de los alegatos de cada país a través de audiencias.

Cuando culminen ambas fases, la CIJ se toma un tiempo para deliberar y dar su sentencia final. A continuación puedes leer a detalle cómo es todo el proceso:

Para que lleguemos hasta la sentencia, no hay un tiempo específico e incluso se podría demorar meses, dijo Spross Bárcenas.

Tomemos el caso de la demanda de México como un ejemplo de lo anterior. La querella se presentó desde el 11 de abril y ahora, luego de tres semanas, nos encontramos en la primera audiencia para los alegatos de la fase oral. (La segunda audiencia será este miércoles 1 de mayo y en ella Ecuador presentará sus alegatos).

¿Qué podría pasar si la denuncia de Ecuador ante la CIJ procede?

En caso de que la CIJ le dé la razón a Ecuador, la sentencia podría contener varios puntos, entre ellos:

  • Disculpa diplomática por escrito y ante la Asamblea General de la ONU.
  • Reparación del daño e indemnización.
  • Restablecimiento de las relaciones bajo ciertos términos.
  • Medidas de satisfacción (mejoras a la embajada, cubrir costos de algunos eventos).
  • Garantías de no repetición.

La resolución de la CIJ es inapelable y vinculante, lo que significa que cada país decide voluntariamente acatar la decisión de la Corte.

En materia internacional, indica Spross Bárcenas, lo vinculante se refiere a que “el Estado, desde que se somete a la decisión de la Corte, es su voluntad acatar lo que se decide. Por eso hay un vínculo, se crea un vínculo entre los Estados y la Corte”.

Sin embargo, a final de cuentas podrían incumplir la resolución, como ocurrió a finales del año pasado, cuando la CIJ falló a favor de Guyana y ordenó al gobierno del presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, abstenerse de tomar medidas que agravaran el diferendo sobre el Esequibo, pero Venezuela de cualquier forma decidió seguir adelante con un referendo para consultar a su población por los derechos que dice tener sobre dicho territorio.

“Dos casos diferentes”

Debido a que la demanda de México se presentó antes, la sentencia de la CIJ llegará primero para ese caso.

Teniendo esto en cuenta, ¿se verá afectada la demanda de Ecuador? La académica de la UNAM dijo que no, pues se trata de casos independientes.

“Son dos casos diferentes para la Corte, se deberá realizar todo el procedimiento nuevamente para que se dicte una sentencia específica para ese caso (el de Ecuador)”, dijo Spross Bárcenas a CNN.

“El caso que expuso México se refiere solamente a la violación de la Convención de Viena sobre asuntos diplomáticos. El caso de Ecuador es sobre la violación de la Convención de Caracas sobre asilo diplomático”, agregó.

– Con información de Ana María Cañizares e Ivonne Valdés, de CNN en Español.