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Las corridas de toros no son maltrato animal, ratifica Corte Constitucional de Colombia

En Colombia, la Corte Constitucional ratifica que las corridas de toros y las peleas de gallo no pueden ser sancionadas como maltrato animal si se practican como parte de una tradición cultural. El fallo de la Corte, sin embargo, reconoce a estos animales como seres "sintientes" pero establece que está a discreción de un juez local decidir si este tipo de actividad es considerada maltrato. Activistas han sido enfáticos en su crítica y protesta contra este fallo, al argumentar que si son seres " sintientes" - como argumenta la Corte-, entonces sienten dolor y sufren en estos actos y deberían ser amparados por el Estado.